confirmada la primera alineación indebida de la segunda fase. La Jueza de Competición estima el recurso presentado por la AD Parla y le da los tres puntos por la utilización irregular de Rober Pérez, jugador del Flat Earth, que no constó en el acta arbitral antes del encuentro que enfrentó a ambos el 11 de abril en Los Prados. Una situación que contraviene uno de los requisitos generales para la alineación de los futbolistas, todos ellos recogidos en el artículo 224 del Reglamento General de la RFEF.
Concretamente, el apartado f, que dice lo siguiente: “Son requisitos generales para que un futbolista pueda ser alineado en competición oficial, todos y cada uno de los siguientes […] Que figure en la relación de futbolistas titulares o suplentes, entregada al árbitro antes del partido y consignada por éste en el acta. La falta de cumplimiento de este requisito no será subsanable durante ni una vez concluido el partido”. De hecho, el colegiado del encuentro, Velasco Arribas, no incluyó en el acta el nombre del ’27’ del conjunto terraplanista al final, algo que sí hizo González Páez en el Móstoles URJC – Villaverde San Andrés con Ângelo Barbosa, un caso que la Jueza también sancionó con alineación indebida y posteriormente fue corroborada por el Comité de Apelación de la RFEF.
El Flat, como hiciera el Villaverde, alegó la existencia de un error informático para la ausencia de Rober en la ficha. Sin embargo, según se puede ver en la resolución, el árbitro declara que “antes del partido, los delegados de ambos clubes se presentaron juntos en mi vestuario y cotejaron las relaciones de jugadores que previamente habían introducido en la aplicación […] En ese mismo momento, dichos delegados validaron los jugadores titulares y suplentes que constaban en el acta, siendo los que figuran en la primera hoja del acta del encuentro […] Una vez finalizado el partido, cuando me dispuse a introducir las sustituciones, me percato de que el jugador no figura en la relación de suplentes validada por su delegado […] Solicito la presencia de dicho delegado para que nos explique lo ocurrido, manifestándonos, tras comprobar los jugadores incluidos en acta, que no incluyó a ese jugador por error”. Por este motivo, la Jueza concluye que existe negligencia por parte del Flat Earth y le sanciona con la pérdida del encuentro y 1001€ de multa.
Perder el punto obtenido en el campo (terminó con 0-0) supone un duro golpe para el Flat Earth, que se queda a cinco puntos de la segunda posición del subgrupo D (Pozuelo) y a seis del líder (Torrejón), con los que tiene el enfrentamiento particular perdido, y todo ello con solo nueve puntos en disputa. El Parla, por su parte, se queda al borde de adelantar a los terraplanistas en la clasificación (1.40 del Flat, por 1,39 de los parleños).