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No hay alineación indebida de Las Rozas CF. Al menos, eso es lo que dicta la resolución del Juez de Competición, que desestima, por lo tanto, el recurso efectuado por la ED Moratalaz, que reclamaba los tres puntos al entender que Héctor Galiano tenía una sanción de un partido pendiente de la pasada temporada.

El conjunto roceño alegó que esa suspensión había prescrito, puesto que las sanciones por infracciones leves, tal y como recoge el artículo 9 del Código Disciplinario de la RFEF, “prescriben al mes, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción, o desde que se quebrantase su cumplimiento si éste hubiera comenzado“.

Además, al ser leve, debe cumplirse en la misma competición en la que se cometió; es decir, el campeonato de liga. Por lo tanto, el incumplimiento de la misma por parte de Galiano empezó el domingo 12 de septiembre, cuando disputó su primer encuentro liguero con Las Rozas en Parla. Desde entonces, se midió al Ursaria (15/09), Trival (19/09), Villaverde (26/09), Villaviciosa (10/10) y Moratalaz (17/10), percatándose de este hecho solo el equipo morataleño, que, por apenas cinco días, ve archivado su recurso. De haberse dado cuenta uno de los otros cuatro, Las Rozas habría perdido por 3-0 con la multa accesoria consecuente de 1001€.

El partido que enfrentó a ambos en el Urbis el pasado 17 de octubre finalizó con 0-0, marcador que se mantiene, al menos, de momento, porque la entidad del Urbis podría elevar un recurso al Comité de Apelación de la RFEF en el plazo de diez días hábiles.

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